La fecha límite para registrar el número celular con la CURP en México está cada vez más cerca y los usuarios deberán cumplir obligatoriamente si quieren mantener activo su servicio.
La medida fue implementada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) con el objetivo de identificar al titular de cada línea y eliminar el anonimato en llamadas.
El plazo para registrar la línea es hasta el 30 de junio y aplica para líneas prepago y pospago, tanto de personas físicas como morales.
¿Qué llamadas se podrán hacer si no registras tu celular?
Aunque las líneas no registradas serán suspendidas a partir del 1 de julio, todavía podrán utilizarse para algunos servicios. Las llamadas que sí estarán permitidas son:
- Llamadas a números de emergencia (911)
- Llamadas a líneas de atención ciudadana (074, 079, 088, 089)
- Contacto con el centro de atención a clientes de la compañía
Además, los usuarios podrán hacer llamadas mediante aplicaciones que funcionen con conexión WiFi, como Messenger e Instagram. Sin embargo, podrán presentarse problemas con WhatsApp, ya que la aplicación necesita un número para validar la cuenta y utilizar sus funciones.
¡No pierdas ni un segundo registrando tu línea celular!????????
— CRTGobMX (@CRTGobMX) May 13, 2026
Siguiendo estos tips, no tendrás ningún problema al momento de registrarla.
Recuerda:????
1. No se consumen tus datos dentro de la plataforma de registro
2. INE vigente ????
3. Necesitas buena iluminación ????
Regístrate en:… pic.twitter.com/gn08ZaUS06
¿Qué restricciones tendrán las líneas no registradas?
Las líneas que no fueron registradas tendrán las siguientes limitaciones:
- No podrán realizar ni recibir llamadas.
- No podrán enviar ni recibir mensajes SMS.
- No tendrán acceso a datos móviles o internet a través de la compañía.
Líneas exentas del registro
Líneas que no cuenten con la capacidad de generar llamadas y enviar mensajes
Líneas institucionales gubernamentales y de emergencia
¿Qué necesito para registrar mi línea?
Quienes aún no realizan el trámite pueden hacerlo presencialmente en un centro de atención a clientes o en línea desde el portal habilitado por la compañía telefónica con los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte)
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- RFC (en caso de empresas)
La suspensión no será definitiva y el servicio podrá reactivarse una vez que el titular complete el proceso de registro. Se recomienda realizar la vinculación para evitar la suspensión de la línea y posibles afectaciones en aplicaciones y en el servicio.
