La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abordó el tema relacionado con el pago doble de pensiones en el IMSS asociado con la manera en la que se deben de calcular y pagar.
Ante esto, varios trabajadores se podrían ver afectados, ya que se pretende evitar que haya cobros dobles o excesivos que puedan violar la ley. Aquí te explicamos lo que esta nueva resolución podría ocasionar.
¿Qué trabajadores ya no recibirán el pago doble de la pensión del IMSS?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió en contra de los extrabajadores del IMSS pensionados bajo la Ley de 1973, al señalar que no se pueden cobrar dos pensiones que tengan el mismo objetivo: sustituir el ingreso que se deja de recibir al terminar la vida laboral.
El máximo tribunal determinó que la pensión por cesantía reclamada es incompatible con la jubilación otorgada a través del contrato colectivo, ya que esta última incluye el monto correspondiente a la pensión de vejez. En consecuencia, el IMSS no está obligado a cubrir un beneficio adicional vinculado a la jubilación.
Asimismo, la Suprema Corte precisó que no es procedente autorizar un doble pago relacionado con el retiro por edad avanzada, pues la pensión de jubilación se integra con los recursos de la pensión de vejez, lo que hace incompatible dicho apoyo económico con la pensión por cesantía en edad avanzada.
El tribunal resaltó que la pensión de cesantía prevista en la Ley del Seguro Social no puede sumarse a la jubilación por años de servicio contemplada en el régimen de pensiones del contrato colectivo del IMSS.
Esto significa que esta medida solo afectará a las personas jubiladas del IMSS que además obtengan una pensión del sindicato o contrato colectivo por parte del SNTSS.
En dichos casos, el IMSS cancelará el pago de la pensión legal, y se mantendrá la jubilación contractual. Hay que aclarar que en caso de que estés recibiendo este pago doble no tendrán que devolver lo que se les fue entregado.
