Tras un amparo promovido por una escuela privada que argumentaba que los criterios actuales de evaluación vulneraban el derecho a la educación con las actuales maneras de calificar, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Aunque la decisión podría generar que la percepción de que los alumnos ya no pueden reprobar, la realidad es que la normativa vigente mantiene criterios específicos de evaluación y promoción, por lo que algunos estudiantes podrían repetir grado.
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¿Qué dice el fallo de la SCJN sobre la SEP?
La SCJN ratificó la constitucionalidad del Acuerdo 10/09/23 de la SEP, el cual establece las normas generales para la evaluación, acreditación y promoción de los estudiantes de educación básica en México.
La resolución aplica tanto para escuelas públicas como privadas y surgió después de que la Corte desestimará el amparo que sostenía que los criterios actuales flexibilizaban los requisitos para avanzar de grado.
El acuerdo contempla la acreditación automática para los alumnos que cursan las primeras etapas de educación básica, bajo el principio de garantizar la permanencia de niños y niñas en el sistema educativo.
¿Qué alumnos si pueden reprobar y repetir grado?
A partir de segundo año de primaria, los estudiantes son evaluados mediante una escala numérica de 5 a 10.
De acuerdo con los lineamientos vigentes, los alumnos de segundo a sexto grado de primaria deberán obtener un promedio final mínimo de 6 para acreditar el grado escolar. Quienes obtengan una calificación inferior no serán promovidos y podrían repetir el año.
En el caso de la educación secundaria, el criterio es similar. Los estudiantes deberán alcanzar un promedio mínimo de 6 para acreditar las asignaturas evaluadas y avanzar al siguiente grado.
¿Qué alumnos no pueden reprobar?
La promoción es automática para los estudiantes de:
- Preescolar
- Primer grado de primaria
- Primer grado de secundaria
En estos casos, la acreditación no depende de la calificación mínima, si no del cumplimiento de la asistencia.
¿Por qué los alumnos de preescolar y de primer grado no pueden reprobar?
Por ello, se mantienen criterios diferenciados para los primeros años de formación, con el objetivo de proteger el interés de los niños, niñas y adolescentes, evitando situaciones de exclusión dentro del sistema educativo y garantizando su acceso, permanencia y participación en la escuela.
Aunque los estudiantes de preescolar y primer grado cuentan con promoción automática, la asistencia continua siendo un elemento importante. En cambio, para los alumnos de segundo a sexto de primaria y de segundo y tercero de secundaria, la acreditación del ciclo dependerá de su desempeño académico y de alcanzar una calificación mínima establecida por la SEP.
