La Semana Santa ha llegado, y con ella, los estudiantes de educación básica disfrutan de unas merecidas vacaciones. Sin embargo, no todos tienen la misma suerte: muchos trabajadores deberán cumplir con sus labores durante estos días.
Por esta razón, en mediotiempo te explicamos cómo debe pagarse el trabajo en días santos según la Ley Federal del Trabajo.
¿Cómo te deben de pagar en esta Semana Santa 2026?
A pesar de que todos pensamos que la Semana Santa es de descanso, la Ley Federal del Trabajo (LFT) dice lo contrario, ya que según lo establecido en el artículo 74, los días Jueves, Viernes Santo y Sábado de Gloria no están establecidos como días de descanso obligatorio, por lo que estos días son laborales y se les otorgará una paga como cualquier día de la semana.
No obstante, algunas instituciones llegan a brindar medio jornada de trabajo o el día completo, pero esto depende del convenio o contrato que se tenga con el trabajador.
Anteriormente solían dar estos días para que los creyentes de la religión católica pudieran asistir a las diferentes parroquias para realizar los diferentes ritos eclesiásticos. Sin embargo, debido a que esta tradición se ha perdido con el pasar de los años, ahora es poco común que se otorguen estos días en los trabajos.
¿Qué días sí son de descanso obligatorio de acuerdo con la LFT?
Para este 2026, los días de descansos obligatorios son los siguientes:
- Jueves 1 de enero: Año Nuevo
- Lunes 2 de febrero: Conmemoración del Día de la Constitución (5 de febrero)
- Lunes 16 de marzo: Conmemoración del natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
- Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo
- Miércoles 16 de septiembre: Celebración de la Independencia de México
- Lunes 16 de noviembre: Conmemoración del inicio de la Revolución (20 de noviembre)
- Viernes 25 de diciembre: Navidad
