El ámbito escolar se ha llenado de grandes tensiones en tiempos recientes, pues no solamente ha captado la atención de los estudiantes y sus familiares por cambios al calendario oficial, sino también por la posibilidad de que los colegios puedan reprobar a los estudiantes.
Bajo este panorama, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de las medidas que implementa la SEP, esto luego de que una escuela privada emitiera un amparo donde se alegaba la vulneración del derecho a la educación con las técnicas de evaluación actuales.
SCJN falla a favor de la SEP sobre reprobación de alumnos
La SCJN ha ratificado la constitucionalidad del acuerdo 10/09/23 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), donde se establecen normativas para la evaluación general, acreditación y promoción de estudiantes de nivel básico en el país.
La resolución aplica para escuelas públicas y privadas, aunque el amparo mencionado alegaba que los criterios de evaluación vulneraban la educación de excelencia, esto al hacer más flexibles los requisitos para que los alumnos puedan pasar de año.
El acuerdo garantiza la acreditación automática para los alumnos que cursan preescolar, primaria y secundaria, lo cual establece que algunos de este sector pueden no ser reprobados.
¿Qué alumnos en México NO pueden reprobar?
Las normas actuales bajo las cuales se rige la SEP indican que existen algunos niveles educativos que cuentan con la promoción de nivel de manera automática, siendo el único requisito a cumplir el presentar todo el curso correspondiente.
Para los alumnos de preescolar, se aplica la asistencia como el único elemento para acreditar cada grado de estudios, realizándose la promoción al siguiente nivel bajo ese mismo criterio.
"La evaluación del aprendizaje para los tres grados de preescolar (fase 2) no se determinará con valores numéricos; se acreditará cada grado con base en la asistencia y la promoción se realizará bajo el mismo criterio", asegura la SEP en un boletín.
Por otra parte, los alumnos de primaria también pasan el primer año con la asistencia, pero a partir del segundo año la dinámica se maneja de manera distinta.
¿Qué alumnos SÍ podrán reprobar, según la SEP?
El sistema educativo impone nuevas normas a partir del segundo año de primaria, pues los criterios de acreditación se basan en el desempeño académico de los alumnos, el cual de mide con la tradicional escala numérica de 5 a 10.
Los alumnos de primaria de segundo a sexto grado podrán pasar de año únicamente cuando tengan un promedio final mínimo de 6. En caso de tener una evaluación menor, su promoción será rechazada y deberán repetir el año escolar.
Para los estudiantes de secundaria el sistema se aplica de la misma manera, pasando de año únicamente aquellos que consigan la calificación final de 6.
"Para las fases 3, 4 y 5, es decir, los seis grados de primaria, el resultado de la evaluación se expresará en escala de 5 a 10 con observaciones y sugerencias en cada campo formativo. Primer grado se acreditará con base en la asistencia, y de segundo a sexto grado se promoverá a las y los alumnos cuando obtengan promedio final mínimo de 6 en los campos formativos", confirmó la SEP.
¿Por qué preescolar y 1° de primaria no pueden reprobar?
Ante el fallo de la Corte para mantener las medidas aplicadas por la SEP, el Pleno ha sostenido que la educación de excelencia no solamente se logra por medio de asistencias obligatorias o calificaciones de alto porcentaje, pues se basa mayormente en el una fuerte relación entre la comundiad estudiantil y los colegios, sin olvidar el pensamiento crítico.
De esta manera, las autoridades respaldan los criterios de evaluación de la SEP como dinámicas que protegen los intereses de niños y adolescentes en el ámbito educativo.
