
Así como han habido cambios en las normas de tránsito vehicular, el Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma que obliga a los conductores de scooters eléctricos, bicimotos y bicicletas eléctricas a portar placas y licencia de conducir.
Esta nueva norma forma parte de las modificaciones a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, con el fin de regular estos medios de transporte, que a pesar de que no son tan utilizados, poco a poco se introducen en la capital.
Por esta razón, los llamados VEMEPE (Vehículos Motorizados Eléctricos Personales) deberán cumplir con nuevas reglas legales.
Las modificaciones a los artículos 9, 12 y 64 de la Ley de Movilidad local ya están en marcha y según el diputado Víctor Hugo Romo, integrante de la Comisión de Movilidad del Congreso, estas reformas estarán listas y operativas en aproximadamente un mes.
¿Hasta cuándo tienes para emplacar tu scooter o bici eléctrica?
Tras la aprobación de la nueva ley, se ha establecido un periodo de gracia de 360 días naturales de la publicación del decreto para que los conductores puedan hacer los tramites en los que se incluyen:
- Obtener placas para tu scooter, bicimoto o bici eléctrica
- Tramitar una licencia específica para conducir vehículos VEMEPE

¿Cuáles son los VEMEPE que deberán de realizar esta acción:
Los vehículos eléctricos personales que entran en esta categoría tienen características específicas:
- Cuentan con manubrio y asiento
- Se manejan con acelerador
- Tienen dos ruedas
- Están equipados con motor eléctrico
Estos vehículos se dividen en dos tipos:
Tipo A: Pesan menos de 35 kg
Tipo B: Pesan entre 35 kg y 350 kg
