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¿Cuándo depositan la segunda parte del AGUINALDO de la Pensión ISSSTE 2023?

El 2 de enero de 2024, los beneficiarios de la Pensión ISSSTE obtendrán la segunda fracción de su aguinaldo; es recomendable consultar el calendario correspondiente.

Pensión (Foto: Especial)
Pensión (Foto: Especial)
CDMX

La Pensión ISSSTE, destinada a quienes han prestado servicios en instituciones del Estado mexicano, proporciona pagos mensuales a jubilados, pensionados y beneficiarios.Te ofrecemos información crucial sobre la entrega de la segunda parte del aguinaldo correspondiente al año 2023.

La buena noticia para los receptores de la Pensión ISSSTE es que la segunda parte del aguinaldo correspondiente al año 2023 se depositará en sus cuentas bancarias el próximo 2 de enero de 2024. Es importante recordar que la primera fracción de esta prestación fue abonada el pasado 15 de noviembre.

Dos Pagos en un Solo Mes

Junto con el desembolso de la segunda parte del aguinaldo, los pensionados también recibirán su pago mensual habitual de la Pensión ISSSTE, lo que significa que en enero de 2024 obtendrán dos pagos.

Aunque el ISSSTE aún no ha divulgado el calendario oficial para el año 2024, se espera que siga una estructura similar a años previos. Según estimaciones, el primer pago del año 2024 se realizará el 2 de enero, seguido de pagos mensuales subsiguientes. A continuación, se presenta una proyección tentativa:

  • Pago enero 2024: 2 de enero, incluye la segunda parte del aguinaldo
  • Pago de febrero 2024: 31 de enero
  • Pago de marzo 2024: 28 de febrero
  • Pago de abril 2024: 30 de marzo
  • Pago de mayo 2024: 28 de abril
  • Pago de junio 2024: 31 de mayo
  • Pago de julio 2024: 29 de junio
  • Pago de agosto 2024: 28 de julio
  • Pago de septiembre 2024: 31 de agosto
  • Pago de octubre 2024: 29 de septiembre
  • Pago de noviembre 2024: 31 de octubre
  • Primera quincena de noviembre: pago de la primera parte del aguinaldo
  • Pago de diciembre 2024: 30 de noviembre

Modalidades de la Pensión ISSSTE: Información Relevante

La Pensión ISSSTE se divide en dos modalidades con requisitos y beneficios específicos:

  1. Pensión por Artículo Décimo Transitorio: Destinada a aquellos que cotizaron antes del 31 de marzo de 2007. El beneficio se calcula en función del salario del solicitante un año antes de solicitar la pensión, cubriendo jubilación, edad, tiempo de servicio o cesantía en edad avanzada.
  2. Pensión por Cuenta Individual: Dirigida a quienes comenzaron a cotizar después del 2007. La cantidad de la pensión corresponde al dinero ahorrado y se pueden pensionar mediante renta vitalicia, retiro programado o pensión garantizada.

En caso de dudas, los beneficiarios pueden comunicarse al teléfono 55-5140-9617 EXT. 29595 o visitar el sitio web oficial de la Pensión ISSSTE. Para obtener información más detallada, puedes acceder al enlace AQUÍ


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