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´Y se marchó´: Ya no podrás tramitar el Permiso COVID-19 del IMSS

Te decimos cuáles fueron los motivos de esta decisión.

Permiso COVID-19 3.0 (IMSS)
Permiso COVID-19 3.0 (IMSS)
Mediotiempo
Ciudad de México

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció que, debido a la disminución de contagios de coronavirus que ha detectado, así como la reducción de solicitudes temporales para el trabajo, ya no tramitará el Permiso COVID-19 3.0, esto a partir de este 22 de febrero.

“A partir de esta fecha, aquellos trabajadores que presenten síntomas de COVID-19 deberán acudir directamente a las Unidades de Medicina Familiar para su valoración presencial y, en su caso, la expedición de su incapacidad temporal para el trabajo”, indicó el IMSS a través de un comunicado.

Números

A principios de este 2022, el IMSS implementó la versión 3.0 del Permiso COVID-19, esto derivado de la situación de emergencia ocasionada por el incremento de contagios asociados a la variante ómicron, lo que terminó por aumentar la demanda de atención médica, así como las incapacidades temporales para el trabajo.

El IMSS también destacó que con este permiso “se facilitó el trámite digital de las incapacidades por esta enfermedad de manera más flexible a través de un cuestionario de síntomas, lo cual permitió que los asegurados contaran con protección legal ante sus patrones y poder resguardarse debidamente en casa”.

Esto a su vez, permitió el desahogó la demanda de servicios en las Unidades Médicas del Instituto. Fue exactamente el 10 de enero de este año cuando se lanzó la versión 3.0. Y, hasta este 21 de enero, el IMSS declaró haber otorgado un total de 373 mil 296 Permisos COVID.

Lo anterior evitó el traslado de ese número de trabajadores a sus Unidades de Medicina Familiar (UMF) para tramitar su incapacidad laboral, lo que, de acuerdo con el Instituto, ayudó a bajar las cadenas de contagio.

Ahora bien, aquellas trabajadoras y trabajadores que presenten síntomas que requieran de un permiso temporal para su trabajo, deberán acudir directamente a las Unidades de Medicina Familiar para la valoración presencial y, si aplica, la expedición de la incapacidad temporal para su trabajo.

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