Otros Mundos

¿Qué es 'Jueces sin rosto'? Te explicamos la reforma al Poder Judicial

La reforma al Poder Judicial es discutida y actualmente se espera que pase a la Mesa Directiva de la Cámara Baja.

¿Qué es Jueces sin rostro?| Foto: Canva
¿Qué es Jueces sin rostro?| Foto: Canva
Ciudad de México

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el lunes el dictamen de la Reforma Judicial la inclusión de una figura similar a la de “jueces sin rostro“ propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Durante la sesión realizada la tarde del lunes 26 de agosto, los legisladores y legisladores votaron en favor de la reforma judicial. La votación quedó de la siguiente manera: 22 a favor, 17 en contra y cero abstenciones. La votación se realizó de manera individual y sin reservas. En las próximas horas se debatirán 330 reservas.

Después de ser revisada por la Comisión de Puntos Constitucionales, la reforma al Poder Judicial será examinada y sometida a votación en la Cámara de Diputados, que comenzará su periodo de sesiones ordinarias el 1 de septiembre próximo

¿De qué trata la reforma al Poder Judicial?

La reforma al Poder Judicial plantea que las y los jueces sean electos por voto popular, por medio de elecciones abiertas. También serían sometidos a votación los cargos para magistrados y ministros.

Esto significa que habría una elección extraordinaria en 2025 durante el primer año de gobierno de la presidenta electa Claudia Sheinbaum, para renovar a ministros, jueces y magistrados del Poder Judicial, en la cual podrán participar los funcionarios que ocupen actualmente el cargo, esto  según ha planteado el actual Gobierno.

No obstante, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los magistrados del Tribunal Electoral y los miembros del Tribunal de Disciplina serán seleccionados a nivel nacional en elecciones ordinarias. 

Para esto, se presentarán 30 candidaturas provenientes de los tres Poderes de la Unión. En detalle, el Poder Ejecutivo propondrá 10 candidaturas, el Poder Legislativo presentará hasta cinco candidaturas por cada cámara, y el Poder Judicial podrá sugerir hasta 10 candidaturas a través del pleno de la SCJN.

En cuanto a los mil 633 magistrados de Circuito y jueces de Distrito, se les elegirá en cada uno de los 32 circuitos judiciales durante las elecciones ordinarias, a partir de seis candidaturas paritarias por puesto.

 El Tribunal Electoral será responsable de resolver las impugnaciones de estas elecciones y de declarar los resultados, salvo en los casos en que sus propios miembros sean postulados, en cuyo caso la resolución será competencia de la Suprema Corte.

La reforma también propone reducir el número de ministros en la Suprema Corte de 11 a 9. Además, se acortaría el mandato de los miembros de la SCJN de 15 a 12 años, se eliminaría la pensión vitalicia y se ajustaría el salario máximo que pueden recibir. 







Sobre el autor
Editorial Mediotiempo

Editorial Mediotiempo es el equipo responsable de generar contenido informativo breve, relevante y oportuno en mediotiempo.com, manteniendo a los usuarios actualizados con notas concisas y al momento.

Mediotiempo

Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MEDIOTIEMPO S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.

INICIA LA CONVERSACIÓN