El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se prepara para la realización de devoluciones automáticas de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas.
La devolución procederá si las personas físicas presentan su declaración del ejercicio 2020 a más tardar el 31 de julio de 2021, si pasa esta fecha, no podrán acogerse a esta facilidad.
Se requiere la e.firma para la declaración de montos mayores a 10 mil 001 pesos y contraseña para montos menores a esta cifra.
Mientras tanto, aquellos contribuyentes con saldos a favor superiores a 150 mil pesos, personas con saldos a favor correspondiente a ejercicios anteriores, aquellas que hayan solicitado previamente un formato de devoluciones o los que tengan solicitudes con CFDI's expedidos por contribuyentes del listado 69 y 69-B no podrán acogerse a la devolución automática.
