Entre las principales dudas que rodean a los mexicanos en tiempos recientes destacan las palabras que pueden escribir en transferencias bancarias, multiplicándose los cuestionamientos sobre qué escenarios podrían provocar auditorias del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Sin embargo, el panorama luce bastante diferente a lo esperado, pues no se han catalogado de manera específica términos que puedan traer esta clase de consecuencias fiscales, aunque la autoridad sí vigila otros puntos en esta clase de movimientos.
¿Existen palabras prohibidas en transferencias bancarias?
El SAT no ha presentado boletines, reglas o disposiciones oficiales sobre la revisión de palabras adjuntas en los conceptos de transferencias bancarias para poder determinar obligaciones fiscales.
Los documentos oficiales emitidos por el organismos indican que las transferencias bancarias pueden formar parte de la información financiera considerada durante el ejercicio de sus facultades de comprobación. Sin embargo, esos datos son analizados junto con elementos como estados de cuenta, comprobantes fiscales digitales (CFDI), declaraciones y otros documentos relacionados con las operaciones.
Sumado a esto, los documentos tampoco contemplan un catálogo de palabras prohibidas a la hora de realizar transferencias bancarias, tales como "donación", "regalo", "préstamo" o "pago", los cuales no generan el cobro de un impuesto o una revisión de manera automática.
¿Qué revisa el SAT en las transferencias bancarias?
El SAT lleva a cabo facultades de comprobación únicamente cuando se enfoca en la naturaleza de la operación y documentos que permitan acreditar el origen Y destino de los recursos.
Bajo este panorama, el concepto que se escribe en la transferencia no es un elemento determinante para definir acciones fiscales contra una operación.
En este sentido, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) ha establecido que, si la autoridad presume que algunos depósitos representan ingresos, el contribuyente puede acreditar lo contrario presentando documentos que comprueben el origen legítimo de esos recursos.
Los elementos que son considerados como probatorios se encuentran:
- Estados de cuenta
- Reportes de transferencias
- Identificación de las cuentas de origen y destino
Los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no establecen que el texto incluido en el concepto de una transferencia se el motivo suficiente para presumir ingresos o determinar contribuciones.
Igualmente, las Reglas del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) tampoco hacen prohibición del uso de palabras específicas dentro del concepto de transferencias.
A pesar de que el concepto es parte de los datos en una transferencia, las reglas públicas del sistema no establecen que algunas de ellas traigan como consecuencia el rechazo de una operación o revisión por parte del SAT.
