Se acerca la llegada del año 2026, lo cual a su vez trae consigo algunas inquietudes para los ciudadanos, destacando la reciente polémica rodeada por las visitas domiciliarias que podría llevar a cabo el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Dicho organismo ha compartido más información respecto a la dinámica, por lo que aquí te compartiremos todo lo que se sabe respecto a las visitas domiciliarias del SAT y quiénes serán los primeros en recibirlas en 2026.
¿Quiénes serán las primeras personas en recibir visitas a domicilio del SAT?
El SAT ha compartido con la ciudadanía que, a diferencia de lo que muchos llegaron a imaginarse, no se aplicará un patrón o lista previa para realizar visitas domiciliarias. Dicho organismo concentra su facultad de supervisión en una amplia gama de ciudadanos, donde puede elegir a distintos participantes en actividades fiscales y comerciales, no solamente centrándose en personas físicas o morales.
Con base en lo implementado por el Código Fiscal de la Federación, estos son los ciudadanos susceptibles de visita domiciliaria del SAT para 2026:
- Personas físicas y morales que declaran impuestos ante el SAT.
- Responsables solidarios, siendo aquellos que asumen obligaciones fiscales junto con el contribuyente.
- Terceros relacionados con los contribuyentes, contemplando también a quienes almacenan o manejan documentos relevantes para la autoridad.
- Asesores fiscales involucrados en esquemas de revelación o reportes especiales.
- Instituciones financieras en el marco de operaciones sujetas a revisión.
- Integrantes de fideicomisos: fiduciarias, fideicomitentes y fideicomisarios.
- Partes contratantes e integrantes de figuras jurídicas afines.
¿Cómo se lleva a cabo la visita del SAT a las casas?
El organismo busca con esta medida tener un mayor control sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales en caso de notar alguna posible irregularidad. Estas visitas no se llevan a cabo de forma masiva, generalizada o por tipo de régimen (pensionados o jubilados).
La Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado contempla que, tanto las autoridades como los visitados, tienen deberes específicos bajo esta dinámica. Entre las principales reglas para los ciudadanos, se encuentran las siguientes:
- Permitir el acceso de los visitadores a los lugares señalados.
- Suministrar datos, documentos y facilitar acceso a la contabilidad electrónica (en casos donde aplique).
- Brindar copias de los documentos requeridos y permitir la inspección de bienes almacenados.
- Colaborar en la designación de testigos.
El SAT ha confirmado que los ciudadanos tienen derecho a contar con asesoría jurídica y solicitar un representante legal durante la visita. Sin embargo, antes de que acudan los encargados oficiales, los contribuyentes deben recibir una notificación oficial y documentos que expliquen el motivo de la visita.
Por otra parte, los visitadores deben cumplir con las siguientes responsabilidades:
- Actuar con respeto y sin hacer prejuicios o amenazas sobre las autoridades.
- Documentar cualquier hallazgo solo en las actas formales, sin emitir juicios verbales.
- Respetar el derecho del contribuyente a presentar pruebas en su defensa.
De esta forma, en 2026 cualquier contribuyente, responsable solidario, tercero relacionado o figura jurídica podrá recibir una inspección por parte de las autoridades fiscales, aplicando solo para personas físicas y morales que tengan que dar aclaraciones ante el SAT.
