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¿Qué días se trabajan en Semana Santa 2026 y cómo se paga?

Conoce qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) respecto a la Semana Santa.

Semana Santa 2026: días que se trabajan y pago| Foto: IA
Semana Santa 2026: días que se trabajan y pago| Foto: IA
Ciudad de México

Estamos a tan solo dos semanas del inicio de las tan esperadas vacaciones de Semana Santa, un periodo en el que los estudiantes en México podrán disfrutar de un merecido descanso. Además, este momento tiene un profundo significado religioso, ya que miles de fieles se reúnen para participar en los distintos ritos de la Iglesia católica.

Ante este panorama, surge una duda frecuente entre los mexicanos: si estas vacaciones aplican para todos. Aquí en Mediotiempo te explicamos qué establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) al respecto.

¿Los trabajadores mexicanos tendrán vacaciones de Semana Santa? 

​Según lo mencionado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), en el artículo 74, los días Jueves, Viernes Santo y Sábado de Gloria no están establecidos como días de descanso obligatorio, por lo que estos días son laborales y se les otorgará una paga como cualquier día de la semana.

A pesar de esto, algunas instituciones pueden brindar el día o medio día, esto conforme al convenio o contrato con el trabajador. 

Semana Santa 2026: ¿qué días son obligatorios y cómo se pagan según la LFT?
Semana Santa 2026: ¿qué días son obligatorios y cómo se pagan según la LFT?

Para los estudiantes de la SEP, sus vacaciones de Semana Santa comenzarán el próximo 30 de marzo y finalizarán el próximo 10 de abril. A pesar de esto, los estudiantes iniciarán sus vacaciones unos días antes, ya que el próximo 27 de marzo los estudiantes de educación básica no tendrán clases por la junta de Consejo Técnico, por lo que el inicio de sus vacaciones será a partir del 26 de marzo.

Los estudiantes regresarán a la escuela el próximo 13 de abril; esto significa que tendrán 3 semanas de vacaciones.

¿Qué días sí son de descanso obligatorio de acuerdo con la LFT?

Para este 2026, los días de descansos obligatorios son los siguientes:

  • Jueves 1 de enero: Año Nuevo
  • Lunes 2 de febrero: Conmemoración del Día de la Constitución (5 de febrero)
  • Lunes 16 de marzo: Conmemoración del natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
  • Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo
  • Miércoles 16 de septiembre: Celebración de la Independencia de México
  • Lunes 16 de noviembre: Conmemoración del inicio de la Revolución (20 de noviembre)
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad




Sobre el autor
Fátima Vázquez

Redactor. En MT desde 2023. Egresada de la Universidad Nacional Autónoma de México como Licenciada en Comunicación y Periodismo

fatima.vazquez@mediotiempo.com

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