Con el auge de las aplicaciones de inversión, las casas de bolsa digitales y los instrumentos de renta fija, ha surgido una duda entre los contribuyentes mexicanos relacionada acerca de si deben de realizar la Declaración Anual 2025.
En la mayoría de los casos si debe de realizarse este trámite. Sin embargo existen excepciones dependiendo del monto y el tipo de instrumento y aquí te explicamos cómo funciona.
¿Cuándo se debe de realizar la Declaración Anual?
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), debes presentar tu declaración anual si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos:
- Ingresos mayores a $400,000 pesos: Si la suma de tus salarios más tus ganancias por inversiones supera este monto anual.
- Intereses Reales superiores a $100,000 pesos: Si solo por concepto de intereses (ganancia real después de la inflación) recibiste más de esta cantidad.
- Dos o más fuentes de ingresos: Si tienes un empleo (sueldos y salarios) y además recibes ingresos por inversiones (dividendos, enajenación de acciones, etc.), independientemente del monto.
- Inversiones en el extranjero: Si tienes dinero en plataformas fuera de México (como brokers de EE. UU.), estás obligado a declarar esos ingresos.
Según el tipo de inversión
Cetes, Bonos y Cuentas Bancarias (Renta Fija)
Las instituciones financieras mexicanas retienen automáticamente un porcentaje de ISR. Si tus ingresos totales (sueldo + intereses) no superan los $400,000 y tus intereses nominales no excedieron los $20,000, podrías quedar exento. Sin embargo, si quieres recuperar el saldo a favor generado por la inflación, te conviene declarar.
Acciones y ETFs (Bolsa de Valores)
Si vendiste acciones en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) o en el Sistema Internacional de Cotizaciones (SIC) y obtuviste una ganancia si debes de declarar ya que estas ganancias tributan con una tasa definitiva del 10% sobre la utilidad.
SOFIPOs (Nu, Finsus, Klar, etc.)
Estas instituciones tienen un beneficio fiscal especial:
Exención: Si tu saldo promedio anual no supera las 5 UMAs anuales (aprox. $198,000 MXN), los rendimientos están libres de impuestos y no necesitas declararlos por este concepto. Si superas ese monto, solo pagas impuestos por el excedente.
Criptomonedas
El SAT las considera como una enajenación de bienes. Debes declarar la ganancia de capital obtenida al momento de vender o intercambiar la criptomoneda.
Si tienes inversiones en plataformas digitales, casas de bolsa o bancos, lo más probable es que debas presentar tu declaración anual. Descarga tus Constancias de Retenciones desde el portal de cada plataforma de inversión (suelen estar disponibles en febrero o marzo).
Revisa el visor de comprobantes de nómina y retenciones en el portal del SAT.
Para realizar esta nota pudieron ser utilizadas fuentes de información basadas en inteligencia artificial con la curación y validación de nuestro equipo editorial
