El pago de utilidades es un derecho laboral que obliga a las empresas y personas físicas a repartir una parte de sus ganancias con los trabajadores. Este pago se realiza cada año y aplica para quienes hayan laborado al menos 60 días en el año.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), las empresas que generen más de 300,000 pesos de ganancias deberán repartir utilidades a los empleados. El monto que recibe cada trabajador dependerá de factores como los días trabajados y el salario percibido.
¿Cómo hacer el cálculo de utilidades si llevo 1 año?
Primero debes de saber que el 10% de la utilidad total de la empresa, es el monto que se reparte entre todos los trabajadores.
Este porcentaje se divide en dos partes iguales:
- 50% corresponde a los días laborados por cada trabajador
- 50% se reparte de acuerdo a el salario percibido
Si tu empleador es persona física, solicita el pago de tus utilidades con fecha límite al 29 de junio. Es tu derecho.
— SATMX (@SATMX) June 8, 2023
Para más información ingresa al minisitio de Reparto de Utilidades: https://t.co/h7XuefgA7K pic.twitter.com/a08NYJwkhV
Ejemplo del cálculo
Supongamos que una empresa generó una utilidad de 10 millones, por lo que repartirá 1 millón de pesos entre sus trabajadores.
El total de días trabajados es de 7,200 y los salarios corresponden a 5 millones de pesos anuales.
Si una persona gana 16 mil pesos mensuales (216 mil pesos al año), el cálculo sería así:
- Proporción por días trabajados: (365/7200) x (1,000,000x0.50) = 25,327.22 pesos
- Proporción por salarios: (216,000/5,000,000) x (1,000,000x0.50) = 21,600 pesos
- Total estimado de utilidades: 46,947.22 pesos
Puedes realizar el cálculo ajustando las cantidades con tus datos para tener una estimación aproximada de cuánto estarías recibiendo.
¿Cuándo se pagan las utilidades?
El pago depende del tipo de empleador:
- Personas morales (empresas): Del 1 de abril al 31 de mayo
- Personas físicas: Del 1 de mayo al 29 de junio
¿Quiénes no reciben utilidades?
Directores, administradores y gerentes generales
Socios o accionistas
Trabajadores eventuales (que hayan laborado menos de 60 días)
Prestadores de servicios profesionales
El pago no puede sustituirse por otro beneficio. Si no recibes este derecho dentro del plazo establecido, puedes acudir con la PROFEDET para recibir orientación y presentar una reclamación.
