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¿Se puede cobrar el aguinaldo de un trabajador que falleció este año?

El aguinaldo es uno de varios derechos con los que cuentan los trabajadores, a continuación te hablaremos de lo que sucede con el aguinaldo de un trabajador fallecido.

¿Se puede cobrar el aguinaldo de un trabajador que falleció este año?
¿Se puede cobrar el aguinaldo de un trabajador que falleció este año?
CDMX

Antes de comenzar, es importante recordar que el aguinaldo como otras prestaciones están protegidas por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Ésta se encarga de regular la relación entre los jefes y los empleados, establece a qué tienen derecho y dice qué deben recibir y cuándo.

Los empleadores tienen hasta el 20 de diciembre de cada año para entregar el aguinaldo a todos sus trabajadores. Sin poder argumentar la falta de recursos para no pagarlo o para reducir la cantidad. Además el empleado tampoco puede renunciar a este derecho.

Ya sea por el año completo o por una fracción, si se trabajó con un jefe, el empleado tiene derecho a recibir el aguinaldo de la siguiente forma:

  • Año completo laborado: mínimo 15 días de sueldo
  • Menos del año completo: parte proporcional

Así que sin importar la fecha de la defunción del trabajador, tiene derecho a recibir este pago, aunque sólo haya trabajado un día al año. El pago será proporcional y regularmente se entrega junto a la parte de su salario por los días que laboró y que faltaron de pago. Además de otras prestaciones hasta ese momento.

En este sentido, la Procuraduría Federal de la Defensa del trabajo (PROFEDET) destaca que, al ser algo que la empresa ya adeudaba al trabajador, aún fallecido debe serle entregado a sus beneficiarios.


De igual forma, destaca que para que el empleador entregue lo que le correspondía de aguinaldo al trabajador, se necesita que haya dejado en vida con la empresa un pliego testamentario designándolos.

En caso de que no exista esta designación de beneficiarios, la viuda, viudo o hijos deberán realizar ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) o a la junta local, un juicio de designación de beneficiarios, para así poder recibir los recursos.

Los beneficiarios del trabajador tienen un año a partir del 20 de diciembre para reclamar ante las autoridades el pago del aguinaldo, en caso de que éste no haya sido entregado, o que haya sido de forma incompleta.

De lo contrario, la empresa deberá pagar una multa de entre 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos, según el valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA).





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