
Durante los días correspondientes a la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), también comienzan a llegar los pagos de utilidades, que son derecho de los trabajadores según lo estipulado en el Artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En el apartado anteriormente mencionado, además, se señala cuánto dinero deben recibir los empleados en porcentaje correspondiente a las utilidades netas, es decir, lo que ganó la compañía ya después de considerar los impuestos que precisamente se pagan ante el SAT.
Los trabajadores tienen derecho al 10 por ciento de las ganancias totales de la empresa, un ingreso que se dividirá en dos partes iguales, la primera entre los empleados con respecto al tiempo laborado en el año y, el resto, tomando en cuenta el salario diario, si este varía, se tomará en cuenta el promedio.
"La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año", estipula la LFT.
????¡Ya inició! El Reparto de #Utilidades.
— Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (@PROFEDET) April 2, 2025
????Es tu derecho recibirlas a tiempo.
????Si requieres ayuda, en #PROFEDETSÍ te asesoramos.
➡️Consulta aquí las preguntas frecuentes del tema https://t.co/XlWgYMAcsK
????800.717.29.42 y 800.911.78.77 pic.twitter.com/VQg2tW2AQ1
¿Cuándo se deben pagar las utilidades este 2025?
La fecha establecida en la Ley Federal del Trabajo es el viernes 30 de mayo si se trata de un empleado trabaja para una empresa, es decir, una Persona Moral; en cambio, si el trabajador responde a una Persona Física, el plazo se extiende hasta el domingo 29 de junio, como máximo.
De no recibir las utilidades en estas fechas, los empleados pueden presentar una reclamación acudiendo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o enviando un correo a inspeccionfederal@stps.gob.mx; las autoridades ofrecen una visita de inspección a través de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.
La omisión de las utilidades corresponde a una violación a los derechos laborales, misma que es castigada por la LFT.