El Servicio de Administración Tributaria recomendó a los contribuyentes emitir el siguiente documento, en caso de no sea así, podrían ser artífices de una multa.
A partir del 1 de abril de este año, en caso de que seas contribuyente, se aplicará una sanción en caso de no contar con el CFDI con complemento carta ponte, versión 3.0.
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¿Qué multas podrías recibir por parte del SAT?
Además de contar con el RFC, constancia de situación fiscal y la e.firma, otro de los documentos que se volverá igual de valioso dentro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es el CFDI con complemento carta porte, el cual se define como un documento fiscal digital que se emite por la prestación de servicios de autotransporte y que tiene como objetivo manifestar la obtención del ingreso, al cual se le integra el complemento carta porte.
#ComunicadoSAT
— SATMX (@SATMX) January 10, 2024
El SAT recuerda a las personas morales que se encuentren en proceso de liquidación, que deben presentar su declaración antes del 17 de enero.
Para mayor información, pueden visitar el minisitio en https://t.co/6i09bZPM13 pic.twitter.com/usgpUZBTR8
Desde el próximo 1 de abril de este año, quienes no cuenten con la versión 3.0 del CFDI con complemento carta porte podrían ser sancionados de la siguiente manera.
- Por no emitir la carta porte 3.0, la sanción va de los 400 a 600 pesos por cada CFDI sin complemento.
- Por no mostrar la carta porte 3.0 se sancionará con una multa de 760 a 14 mil 710 pesos.
- Las reincidencias van de los 880 a los 112 mil 650 pesos.
