
Si eres de las personas que suele echar carrilla a sus compañeros, te podría interesar si te puede correr sin liquidación, ya que la Ley Federal del Trabajo (LFT), considera que tal acción puede denominarse como violencia y podría ser causa de despido.
En la mayoría de los trabajos del sector formal, los empleados de una empresa están en constante convivencia con sus compañeros, por lo que en ocasiones las relaciones entre los mismos puede ir más allá de lo laboral.
En la actualidad es muy normal que entre compañeros de trabajo se echen carrilla o se lleven pesado, por lo que podría entrar en el interés común si esto puede derivar en un despido sin indemnización.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, que contempla también acciones prohibidas por los empleados, las bromas pesadas, según sea el caso, se pueden considerar como violencia y puede ser una razón válida para que te despidan sin finiquito.
Si no quieres que tu patrón te despida sin darte una liquidación, la mejor opción podría ser evitar las bromas pesadas hacia tus compañeros de trabajo.
El artículo 135 de la LFT habla sobre los actos prohibidos de los empleados.
“I. Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas.
II. Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón.
III. Substraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o elaborada.
IV. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez.
V. Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo prescripción médica.
VI. Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que la naturaleza de éste lo exija.
VII. Suspender labores sin autorización del patrón.
VIII. Hacer colectas en el lugar de trabajo.
IX. Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón para objeto distinto de aquel al que se destinan.