
Como cada año, los trabajadores esperan el reparto de utilidades por parte de su empresa, esto como agradecimiento de los días que trabajaron y la contribución a las ganancias de la compañía. Así que, si eres de las personas que va a recibir esta prestación, te decimos cuándo es el último día para recibirlas.
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Aunque es importante resaltar que no todas las empresas están obligadas a dar el reparto de utilidades, así como también hay algunos trabajadores que no tienen el derecho a recibir esta prestación.
¿Qué empresas no están obligadas a dar utilidades?
De acuerdo con la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, las compañías que no están obligadas a pagar el reparto de utilidades son las empresas que llevan menos de un año de creación, además, las que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso, así como instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, por último, el IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
Por otro lado, la Ley Federal del Trabajo establece que las empresas que están obligadas a repartir utilidades son aquellas de producción o distribución de bienes o servicios, no importa que sean o no contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta.
¿Quiénes recibirán utilidades?
Todos los trabajadores tienen derecho a recibir utilidades, excepto, los administradores, directores, socios o accionistas, prestadores de servicios profesionales, gerentes generales y personas que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda.
#VictorHugoSalgadoInforma Reparto de utilidades 2024 Mayo es el mes del pago de utilidades,la fecha
— Victor Hugo Salgado (@VICHSALGADO) May 2, 2024
En el caso de trabajar para una empresa bajo el régimen de persona moral,deberá hacerse entre el 1 de abril al 30 de mayo,entre la primera y segunda quincena de mayo.#GANoticias pic.twitter.com/I743sjqsyL
¿Cuál es el último día para recibir utilidades?
El pago de utilidades deberá ser repartido dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que deba presentarse la declaración anual, ya sea de la empresa o del patrón.
- Empresa (persona moral): del 1 de abril al 30 de mayo.
- Patrón (persona física): del 1 de mayo al 29 de junio.
En caso de que la empresa no te pague las utilidades, tienes un plazo de un año para reclamarlas, también puedes denunciar al correo, inspeccionfederal@stps.gob.mx o acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y recibir asesoría.