Comenzó el mes de noviembre y con esto, el momento en el que los jubilados recibirán el pago de su pensión y si son beneficiarios del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) también obtendrán la primera parte de su aguinaldo.
A inicios de año, la institución dio a conocer el calendario de pagos de las pensiones, lo que indicaba que también se iba a dar el aguinaldo pero con una fecha diferente.
¿Cuándo depositan el aguinaldo para pensionados?
A diferencia de los pensionados del IMSS que obtuvieron su aguinaldo completo en este mes de noviembre, el ISSSTE informó que el aguinaldo 2025 se pagará en dos partes.
La primera dispersión se realizará durante noviembre y la otra se realizará en una fecha diferente, por lo que los beneficiarios deben de esperar.
Con este contexto, hay que mencionar que el pago de esta prestación es de 40 días de salario base. El ISSSTE mencionó que el primer pago será entregado durante la segunda quincena del mes de noviembre, cuando el pago se entregue a las cuentas registradas, esto podría ser entre el 14 al 18 de noviembre.
Gracias a que el pago será en dos partes, los que reciban aguinaldo durante la segunda quincena de noviembre recibirán el total de 20 días de salario base y el resto se entregará hasta el 2026.
Si tienes dudas acerca del pago de esta prestación, los derechohabientes se pueden comunicar al 55 5062 0555 en caso de estar en la Ciudad de México.
En caso de encontrarte en otra parte de la República puedes llamar a los números: 800 400 1000 y 800 400 2000 en un horario de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas y días sábados desde las 08:00 a 16:00 horas, tiempo de la capital mexicana.

¿Aumentarán pensiones en noviembre 2025?
El IMSS ha anunciado que los jubilados bajo la Ley 73, podrán aumentar su pensión en el mes de noviembre 2025 gracias a las denominadas "asignaciones familiares". Con ese programa, los beneficiarios podrán incrementar el monto que reciben de forma mensual, demostrando que tienen familiares que dependen económicamente de ellos.
Los aumentos se aplicarán de la siguiente manera, de acuerdo a lo implementado en los artículos 164 y 166 de la Ley 73:
- 15% extra si el pensionado tiene cónyuge o concubina a su cargo.
- 10% por cada hijo dependiente menor de edad o estudiante.
- 10% por cada padre o madre que dependa económicamente del pensionado.
