
En este 2025, las personas que utilicen las aplicaciones bancarias para realizar transferencias, deben configurar el Monto Transaccional del Usuario (MTU). Una herramienta incentivada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) con el objetivo de reforzar la seguridad y disminuir los riesgos a los que los usuarios se exponen, como lo es el fraude.
Como bien se sabe, cada persona puede modificar el MTU según sus necesidades y en las ocasiones que se desee. Estos topes pueden establecerse por un monto diario, semanal o mensual, según lo que permita la banca.
¿Desde cuándo se podrá establecer el MTU?
Este límite, que funciona como una medida de protección en la banca digital y las transacciones a terceros, ya puede ser establecido por los usuarios, sin embargo, cada institución financiera ya deberá tenerla habilitada el 1 de octubre de 2025. Por lo tanto, los clientes también deben determinar su respectivo MTU antes de la fecha en cuestión, de lo contrario, el banco lo hará.

¿Cuál es el MTU que el banco determina en caso de que el usuario no lo haga?
El límite que la institución establecerá de manera automática será de mil 500 UDIS que equivalen a unos 12 mil 812 pesos mexicanos, según el valor actual de Banxico.
Esta obligación recae en los bancos porque deben ofrecer la herramienta a sus clientes, pero cada usuario decide si la activa o no, aunque independientemente de eso, el monto que se determine —sea de la banca o del beneficiario— podrá ser modificado.

¿Qué son las UDIS?
Las Unidades de Inversión, son unidades de medidas creadas por el Banco de México para proteger a los inversores de fluctuaciones inflacionarias. Estas se actualizan diario según el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) y se utilizan en inversiones a largo plazo para resguardar el poder adquisitivo del dinero.
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