Se terminan los días para que las empresas mexicanas brinden a sus empleados su aguinaldo correspondiente al 2025. Este es una prestación establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y no se le debe negar a ningún trabajador.
A pesar de que sea una prestación obligatoria, existen varias reglas para poder recibirlo, siendo uno de estos el tiempo de permanencia que llevas en una empresa. Aquí te decimos cómo puedes calcularlo en caso de que solamente hayas laborado 6 meses en lugar.
¿Cuánto me corresponde de aguinaldo si trabaje solo seis meses en 2025?
De acuerdo con lo mencionado en la Ley Federal del Trabajo (LFT), en el artículo 87 se establece que todas las personas trabajadoras tienen derecho a recibir un aguinaldo equivalente a por lo menos 15 días de salario.
Esta prestación obligatoria se aplica tanto a quienes han trabajado varios años en la misma empresa como a quienes han cambiado de empleo. En el caso de quienes hayan cambiado de trabajo, el pago se realizará de manera proporcional al tiempo efectivamente laborado.
“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual... equivalente a quince días de salario, por lo menos”, señala la ley.
¿Cómo calcular mi aguinaldo si trabajé seis meses en una empresa?
Para conocer cuál es la parte que te corresponde de aguinaldo si solamente laboraste seis meses en una empresa, puedes calcularlo de la siguiente manera:
- Considera la cantidad de tu sueldo a 30 días.
- Divide esa cantidad entre 30 para sacar el salario que recibes diariamente.
- Después de esto multiplica por 15 esa cantidad.
- Divide la cantidad que te haya resultado entre 365 días. Esta es la parte proporcional diaria que te tocará de aguinaldo completo.
Al obtener esta cantidad deberás de multiplicarlo por los días que lleves trabajando en la empresa, en este caso 180 días.
Este resultado de la operación es lo que deberá de depositarte como aguinaldo.
Recuerda que tienes hasta el 20 de diciembre para poder recibir esta prestación. En caso de no tenerlo en este tiempo, debes de reclamar el pago con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
