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¿Puede el SAT negar devolución de ISR por incumplimiento? Aquí te contamos

Es fundamental que conozcas si la dependencia federal tiene la facultad de retenerlo o no.

SAT | mediotiempo
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Ciudad de México

Si has realizado trámites fiscales recientes y has obtenido el Impuesto Sobre la Renta (ISR), pero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se niega a devolvértelo argumentando incumplimiento por parte de tu retenedor, es fundamental que conozcas si la dependencia federal tiene la facultad de retenerlo o no.

¿El trabajador tiene derecho a recibir la devolución del ISR?

Enfrentando posibles evasiones fiscales por parte de jefes o empresas, como en el caso de declaraciones anuales, puede surgir la duda sobre si como empleados tenemos derecho a recibir devoluciones. Sin embargo, existe un documento que asegura que, independientemente de estas circunstancias, todo trabajador que tenga derecho a la devolución de su ISR debe obtenerla.

Según información publicada en 'El Contribuyente, la tesis 'Fiscalia' establece que cada contribuyente tiene el derecho de recibir la devolución del ISR, incluso en casos de incumplimiento de obligaciones fiscales por parte de su empleador o terceros. 

¿Por qué los contribuyentes no se ven afectados? El documento explica que el empleado no tiene control sobre dichos incumplimientos de su jefe.

Ningún contribuyente puede ser privado de la devolución del ISR

Aunque el empleador declare un mayor subsidio para el empleo o no informe al SAT sobre el impuesto retenido, ningún contribuyente o trabajador dado de alta en el SAT queda exento de recibir la devolución del ISR, aunque un jefe incumpla con sus obligaciones fiscales, cada contribuyente tiene derecho a obtener la devolución correspondiente.

Pasos para solicitar la devolución del ISR

De acuerdo con el SAT, para solicitar la devolución del ISR, cada contribuyente debe presentar una solicitud con los siguientes requisitos: constancias de retenciones firmadas y selladas:

  • Proporción de participación en la copropiedad,
  • Contrato de fideicomisos,
  • Acreditamiento de IDE en pagos,
  • Contraseña y certificado de e.firma,
  • Documentación adicional en formato *zip, 
  • Estado de cuenta bancario actualizado.


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