Desde la mañana de este jueves 25 de diciembre la calidad de aire en la Ciudad de México y Estado de México era considerada como 'mala', esto gracias a la pirotecnia que lanzaron por las fiestas navideñas.
Gracias a esto, las autoridades del Estado de México activaron la Fase I de contingencia ambiental, esto debido al incremento de partículas contaminantes PM2.5 en el ambiente, principalmente en el Valle de Toluca y el municipio de Santiago Tianguistenco.
"Como resultado de las actividades propias de las festividades decembrinas, la noche del 24 de diciembre, así como durante la madrugada y mañana del día 25 de diciembre de 2025, se registraron concentraciones elevadas de PM2.5”, se lee en un comunicado emitido por Medio Ambiente Edomex.
???? Se activa la Fase 1 de Contingencia Ambiental Atmosférica por partículas suspendidas en el Estado de México.
— Medio Ambiente (@AmbienteEdomex) December 25, 2025
Evita actividades al aire libre y cuida a grupos vulnerables.
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¿Cómo operará el Hoy No Circula este 26 de diciembre en Edomex?
El día de mañana 26 de diciembre deberán de suspender su circulación en un horario de 5:00 a 22:00 horas los siguientes automóviles:
- Todos los vehículos con holograma de verificación '2'.
- Los vehículos con holograma de verificación '1', cuyo último dígito numérico 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
- Los vehículos con holograma de verificación '0' y '00', engomado azul, terminación de placas 9 y 0.
Restricción a la circulación de todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa local y federal entre las 06:00 y las 10:00 horas, a excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación respectivo.
Lo taxis podrán circular de las 5:00 a las 10:00 horas, los días que tengan restricción con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
Excepciones
- Vehículos eléctricos e híbridos que cuenten con placa ecológica o holograma tipo exento.
- Taxis, los cuales podrán circular de 5:00 a 10:00 horas en los días con restricción, con el objetivo de facilitar la movilidad de la población.
- Vehículos de servicios urbanos destinados a la atención de emergencias, urgencias médicas, salud, seguridad pública, suministro de agua potable, bomberos, rescate, protección civil y vigilancia ambiental, incluidos los relacionados con incendios forestales.
- Transporte escolar y de personal que cumpla con las normas vigentes de verificación vehicular y cuente con el holograma y la autorización correspondiente.
- Vehículos utilizados en cortejos fúnebres y en la prestación de servicios funerarios, siempre que tengan holograma de verificación vigente.
- Vehículos destinados al traslado de personas con discapacidad permanente que cuenten con la constancia tipo “D” de Discapacidad Permanente.
- Unidades para el transporte de residuos y materiales peligrosos con la autorización correspondiente, exceptuando aquellas que trasladen combustibles como gasolina, diésel o gas L.P.
- Transporte de carga inscrito en el Esquema de Autorregulación Ambiental de Vehículos de Carga a Diésel del Estado de México.
- Transporte de materiales pétreos que acredite prestar servicio a rellenos sanitarios o que cuente con la autorización correspondiente, y que cubra la carga con lona para evitar la dispersión de partículas.
- Vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses), con placas federales o locales, que cumplan con las disposiciones vigentes de verificación.
- Vehículos que formen parte del Programa Héroes Paisano y del Programa Migrante Mexiquense, siempre que porten la autorización correspondiente.
- Unidades que transporten mercancías o productos perecederos con sistemas de refrigeración, así como camiones revolvedores de concreto.
