
El pasado 24 de junio se emitió un decreto presidencial sobre el derecho a una pensión de retiro digna y justa, se propone detener el incremento a la edad mínima de jubilación impulsado por la Ley del ISSSTE de 2007 que planteaba fijar la edad de 60 años en hombres y 58 en mujeres a partir del 2028.
Por otra parte, las nuevas disposiciones buscan reducir la edad mínima de jubilación a los 55 y 53 años, respectivamente, no obstante, esta condición no será aplicable para todos los trabajadores y trabajadoras, ya que implica cumplir con ciertos requisitos.
¿Quiénes podrán jubilarse de manera anticipada?
De acuerdo con el decreto emitido por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, la reducción gradual a la edad mínima para tener derecho a la pensión por jubilación está destinada a los trabajadores al servicio del Estado que hayan cotizado mínimo 30 años y para las trabajadoras con cotización de 28 años o más.
Se limita a trabajadores del sector público como lo son los médicos, servidores públicos, maestros y burócratas que, además de cumplir con los años cotizados correspondientes, no debieron haber cambiado el sistema de cuentas individuales o Afores, ni haber aceptado el bono de pensión.
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¿Cuál es la edad mínima para jubilarse y de qué manera quedaría?
El periodo mínimo y años de servicio para poder tener el acceso a la jubilación queda representada del siguiente modo:
- De 2025 a 2027, hombres a los 58 años y mujeres a los 56.
- De 2028 a 2030, hombres a los 57 años y mujeres a los 55.
- De 2031 a 2033, hombres a los 56 años y mujeres a los 54.
- A partir de 2034, hombres a los 55 años y mujeres a los 53.
¿Qué opción de jubilación tienen los trabajadores al servicio del Estado con Afore?
Para aquellos que tengan una cuenta de ahorro individual para el retiro, la jubilación anticipada sólo sería posible cuando alcancen los 55 años edad y posean una pensión que supere al menos el 30% del monto que garantiza el Estado, es decir, 6 mil 676.48 pesos mexicanos al mes.
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