A través del decreto por el que se expide la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, publicado en el Diario Oficial de la Federación, se informó que la CURP Biométrica será un documento oficial de registro, por lo que las mexicanas y mexicanos deben tramitarla.
La CURP Biométrica responde a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada que es una de las reformas aprobadas recientemente por el Gobierno de México para fortalecer los mecanismos de búsqueda. Cabe agregar que, al adquirir la categoría de documento de identidad, tanto entes públicos y privados, deben aceptarla para prestar servicios o realizar trámites.
Este nuevo formato de la Clave Única de Registro de Población contará con nueva información como las huellas dactilares, escaneo del iris de ambos ojos, una fotografía del rostro y la firma electrónica del titular.
¿Dónde tramitar la CURP Biométrica?
Hasta este momento, la versión piloto solo está disponible en tres municipios del estado de Veracruz: Coatzacoalcos, Poza Rica y Xalapa. En estas zonas, la emisión del documento se realiza de manera presencial en el Registro Civil y el proceso tarda aproximadamente 20 minutos. No obstante, se espera que en 2026, todos los módulos estén habilitados para que los ciudadanos y ciudadanas puedan tramitar este documento
¿Cuáles son los documentos requeridos para hacer el trámite?
Es necesario contar con la siguiente documentación para poder realizar el trámite:
- Acta de nacimiento certificada
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte)
- CURP tradicional
- Comprobante de domicilio reciente
- Correo electrónico activo
