
El 1 de mayo es día feriado por el Día del Trabajo, lo que significa que estudiantes y trabajadores pueden descansar y pasar tiempo con sus seres queridos. Aunque algunos se preguntan si en caso de trabajar se les pagará doble, aquí te respondemos.
¿Si trabajo el 1 de mayo como se paga?
En México, los días feriados son de descanso obligatorio, por lo que no se debe trabajar, sin embargo, por lo que si te tocó trabajar este 1 de mayo recibirás tu sueldo más un salario doble, de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo continúa:
“En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
¿Por qué se conmemora el Día del Trabajo?
El 1 de mayo es el Día del Trabajo, una fecha que a nivel internacional conmemora las demandas de los trabajadores en defensa de sus derechos laborales.
Entre estas demandas se encuentran la jornada laboral de ocho horas, indemnización por accidentes laborales, abolición del trabajo infantil y el derecho al descanso dominical, entre otros. Este día es una oportunidad para reconocer la importancia de la labor de los trabajadores en el mundo y para seguir luchando por un futuro justo y equitativo para todos.
ANTES DE LA DICTADURA MILITAR ASI SE CONMEMORABA EL 1 DE MAYO EN PUERTO NATALES LOS SINDICATOS LE RENDIAN HONORES A LA TUMBA DE LOS MARTIRES DEL 23 DE ENERO. HOY ESO ES CASI UN MITO, VIVAN LOS TRABAJADORES. pic.twitter.com/DNxxPwTi1Y
— Juan Salvador Miranda Vios (@SalvadorMVios) April 30, 2023
Calendario de días festivos oficiales 2023
En México hay una cantidad específica de días feriados oficiales, esto quiere decir que, son días de descanso obligatorio. De acuerdo con el Gobierno de México.
- I. El 1o. de enero;
- II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
- IV. El 1o. de mayo;
- V. El 16 de septiembre
- VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- VIII. El 25 de diciembre
- IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.