
El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el que regula todas las cuestiones laborales, no obstante, es la Ley Federal del Trabajo la que amplía y específica aspectos que no se mencionan en la Carta Magna, aunque la LFT esté basada en ella.
La legislación laboral asegura a los trabajadores con un tiempo determinado para que puedan comer durante su jornada laboral, mandato que no está escrito directamente en la Constitución Mexicana, ya que en esta solo se índica que todos los individuos tienen “derecho al trabajo digno y socialmente útil”.
¿Cuánto tiempo tienen los trabajadores para comer según la LFT?
La Ley Federal del Trabajo establece de manera directa los tiempos de descanso de los cuales las y los trabajadores tienen derecho para comer, pues en el artículo 63 se establece que “Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.”
Por su parte, en el artículo 64 de la misma ley se indica que, si los trabajadores no pueden dejar su puesto de trabajo, el tiempo otorgado para comer debe ser considerado como parte de la jornada laboral efectiva.
Si bien, en la Ley Federal del Trabajo no se establece que el descanso de 30 minutos sea para comer, muchos trabajadores lo aprovechan para eso.

¿Qué hacer si los empleadores no respetan ese tiempo de descanso?
Es importante que los trabajadores recuerden que siempre pueden buscar apoyo o soluciones, pues cuentan con diversas herramientas legales y administrativas para proteger sus derechos en el caso de que estos no sean respetados.
Se puede presentar una queja en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), cuya responsabilidad es supervisar el cumplimiento de la LFT. Además las acusaciones pueden ser anónimas o identificadas, de cualquier modo cada denuncia puede ser motivo para una inspección a la empresa implicada.
Aunque, la principal opción es presentar el caso ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), la institución que ofrece orientación gratuita, representación legal y acompañamiento a los empleados que enfrenten una violación a sus derechos laborales .