
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) anunció que, con motivo del periodo vacacional de Semana Santa 2025, se aplicarán restricciones temporales a la circulación de vehículos de carga pesada y especializada en la red federal de carreteras. Estas disposiciones buscan reducir el riesgo de accidentes, evitar congestionamientos y proteger a los miles de vacacionistas que viajan durante esta temporada.
El aviso oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 18 de marzo, señala que las restricciones estarán activas desde las 00:00 horas del 11 de abril hasta las 23:59 del 27 de abril de 2025. Las unidades afectadas incluyen aquellas que transportan objetos indivisibles de gran volumen o peso, así como grúas industriales.
¿Qué fechas se limitaron en las carreteras durante Semana Santa 2025?
Durante los días 11, 12, 13, 17, 18, 19, 20, 26 y 27 de abril, no se permitirá la circulación de estos vehículos en carreteras federales. Estas fechas coinciden con el inicio, los días más activos y el cierre del periodo vacacional.
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— SICT México (@SICTmx) April 9, 2025
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¿Qué días podrán circular con normalidad los vehículos de transporte durante Semana Santa?
Los vehículos con permisos especiales podrán transitar únicamente los días 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24 y 25 de abril, en los siguientes horarios:
Carreteras tipo ET4, A4, B4: circulación libre de 00:00 a 23:59 horas.
Carreteras tipo ET2, A2, B2, C y D: tránsito permitido de 6:00 a 18:30 horas con luz natural. También podrán circular de noche (00:00 a 6:00 o 18:30 a 23:59), pero con escolta obligatoria de dos carros piloto.
¿Cuáles son los vehículos que estarán exentos de las limitaciones de las carreteras durante Semana Santa 2025?
Están exentos de estas restricciones los transportes involucrados en proyectos estratégicos del gobierno federal, como el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y los aeropuertos de Palenque, Tulum y Chetumal, así como unidades del sector energético. A pesar de la exención, deben cumplir la NOM-040-SCT-2-2012, que exige condiciones específicas de seguridad, como vehículos piloto funcionales.
La SICT exhorta a los transportistas a planificar sus rutas, respetar los horarios establecidos y, en casos justificados, solicitar prórrogas por escrito, conforme a la normativa vigente. El objetivo es garantizar la seguridad vial sin afectar el desarrollo logístico del país.