
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) realizó un informe sobre las Afores por las que mayor cantidad de quejas recibe, con la finalidad de mejorar la experiencia de los usuarios.
Condusef recomienda a quienes buscan este servicio comparar entre las diversas opciones existentes en el mercado y, por ello, también presenta este tipo de información, que señala a aquellas empresas que, a su vez, son señaladas por quienes ya tienen un contrato.
El organismo ha revelado que muchas de las reclamaciones de las personas responden al incumplimiento de alguna de las partes del contrato firmado originalmente, por ello, busca prevenir a quienes están por elegir a alguna de estas compañías.
Afore Siglo XXI Banorte, dio a conocer Condusef, es la que más quejas registró durante el primer trimestre de 2024, con un total del 18% solamente en este sector, seguida por Citibanamex Afore, que presentó hasta un 11 por ciento.
Detrás están InverCap Afore, con un 10%; Principal que reúne hasta un 8%; Profuturo registró un 7%, mientras que PENSIONISSSTE contó con un 5%; y para, cerrar la lista, Inbursa Afore presentó apenas un 2%
Checa qué #Afore cuenta con más reclamaciones. #RevisaComparaDecide si en la que estás es la que más te conviene: https://t.co/IMQutJ8J52 pic.twitter.com/GFxheGVKFR
— CONDUSEF (@CondusefMX) May 14, 2024
¿Puedes recuperar el Afore de un familiar fallecido?
El ahorro para el retiro de los trabajadores mexicanos está a cargo de Administradoras de Fondo para el Retiro (Afore), que tiene entre sus funciones la entrega de los diferentes montos a quienes aseguraron su futuro a través de esta modalidad.
Sin embargo, cuando los beneficiarios fallecen aún es posible que alguna persona realice los cobros y, por lo tanto, aquí te dejamos el proceso y las condiciones que se deben cumplir para poder acceder al dinero de algún familiar.
Los requisitos legales que se deben satisfacer por parte del nuevo beneficiario se basan en el parentesco con el fallecido pues, el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) explica que quien puede realizar el cobro debe ser la viuda o el viudo o hijos menores de 16 años.
En caso de que los hijos sean mayores de edad deben tener documentos que comprueben que estudian o, en su defecto, que no pueden mantenerse solos; concubinos o concubinas o personas que dependían económicamente del difunto también entran en esta consideración.